miércoles, 14 de marzo de 2018

RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2017, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se dictan instrucciones para la organización de los servicios psicopedagógicos escolares y gabinetes psicopedagógicos escolares autorizados, la elaboración de su plan de actividades y de su memoria durante el curso 2017-2018.

Vamos a destacar algunas de las normativas que son importantes en nuestra función como orientadores en la etapa escolar; por ejemplo:

La RESOLUCIÓN  de  21  de  julio  de  2017,  de  la  Secretaría   Autonómica  de  Educación  e  Investigación,  por  la  que  se   dictan instrucciones para la organización de los servicios  psicopedagógicos  escolares  y  gabinetes  psicopedagógicos  escolares  autorizados,  la  elaboración  de  su  plan  de   actividades  y  de  su  memoria  durante  el  curso  2017-2018.

Es muy importante porque en el punto 4.1 se determinan las funciones y se regulan aspectos básicos del funcionamiento de los servicios psicopedagógicos escolares. Es función del orientador ayudar y colaborar con los tutores; hay que tener la puerta abierta a todos, para que siempre puedan entrar a pedir ayuda o consejo. Es importante coordinar la evaluación de los alumnos con los demás tutores y profesores para que haya una coordinación completa en el centro. Y, sobretodo tener los datos actualizados en Ítaca para que cualquier compañero, tanto orientador, como profesor, etc pueda acceder a la información. Estas son algunas de las funciones a destacar de los orientadores, entre muchas otras.
Podemos encontrar la resolución en el siguiente enlace:
Resolución de 21 de julio de 2014


No hay comentarios:

Publicar un comentario