Este decreto tiene por objeto establecer y regular los principios y las
actuaciones encaminadas a la implementación de un modelo de inclusión en el
sistema educativo valenciano para facilitar a todo el alumnado las competencias
necesarias para su desarrollo personal, social y emocional, especialmente
aquellos que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad.
- ¿Qué principios plantea el
proyecto de inclusión de lo que teníamos hasta la fecha y se ha visto en
clase?
Los principios generales que plantea el proyecto de inclusión son los
siguientes:
1. La educación inclusiva es un principio básico del sistema
educativo valenciano.
2. La escuela inclusiva requiere la aplicación flexible de múltiples
recursos (organizativos, curriculares, materiales y personales) para atender un
abanico amplio de situaciones en que el alumnado necesita algún tipo de apoyo,
ya sea de manera transitoria o a lo largo de toda la escolaridad.
3. El modelo de educación inclusiva estará presente en todas las
actuaciones y programas que los centros desarrollan en cada uno de los niveles
educativos que impartan.
4. El conjunto de actuaciones y programas educativos deberá dar respuesta a
las necesidades, los intereses, las motivaciones y las capacidades de todo el
alumnado, entre el que se encuentra el alumnado con necesidades específicas de
apoyo educativo, con la finalidad de que pueda conseguir el máximo desarrollo
posible de sus capacidades personales.
5. Educar en la diversidad es reconocer y dar respuesta al hecho de que
cada alumno y cada alumna tiene necesidades únicas.
6. Una adecuada respuesta educativa a la diversidad requiere ambientes de
aprendizaje flexibles y eficaces que puedan adaptarse a las necesidades que en
cada momento pueda presentar el alumnado.
7. El desarrollo de las competencias sociales y emocionales, el respeto a
las diferencias, la ayuda mutua y la resolución pacífica de conflictos será
objeto de trabajo explícito y sistemático para favorecer la inclusión y la
participación de todo el alumnado.
8. La atención educativa a la diversidad del alumnado se deberá
proporcionar, con carácter general, mediante las actuaciones pedagógicas
ordinarias y habituales que tienen lugar en los centros educativos. No
obstante, para atender las necesidades de algunos alumnos y de algunas alumnas,
se requerirá también la adopción de medidas de carácter más específico.
2. ¿Qué medidas plantea el proyecto de inclusión?
En el Capítulo IV se indica la
Organización de la respuesta educativa y medidas de apoyo para la inclusión;
Artículo 11. Evaluación de las culturas, políticas y prácticas inclusivas en
los centros.
Nos indican 7 medidas que se llevaran a
cabo con la finalidad de dar respuesta a la diversidad de necesidades de todo
el alumnado; los centros docentes, el equipo directivo, los diferentes órganos
del centro… todos para que de forma consensuada acuerde y concreten las
actuaciones que hagan posible la eliminación de estas barreras.
Al finalizar cada curso escolar, se
evaluarán las actuaciones planificadas.
- ¿Qué sentido le da el proyecto
de inclusión a la orientación psicopedagógica, objetivos, funciones y
niveles de intervención?
En el Artículo 34 del proyecto aparecen
indicados los Objetivos de la orientación educativa, psicopedagógica y
profesional, que en el sistema educativo valenciano, se desarrollará en los
centros docentes mediante programas o modelos concretos de intervención
colaborativa.
La orientación educativa, psicopedagógica
y profesional, tendrá como objetivos los siguientes:
a. Prevenir las
dificultades de aprendizaje en el alumnado para contribuir a la consecución de
las finalidades de la educación.
a. Contribuir,
colaborar y acompañar en la organización del proceso de enseñanza-aprendizaje de
manera que resulte lo más ajustado posible a las necesidades de cada alumno o
alumna, desde una perspectiva inclusiva y personalizada.
b. Cooperar y
colaborar en la prevención de conductas de violencia en cualquiera de sus manifestaciones
para garantizar que los centros educativos sean espacios seguros de convivencia.
c. Promover
programas o acciones que contribuyan al desarrollo personal, emocional, profesional
y social del alumnado.
d. Ayudar al
alumnado y sus familias en los momentos de transición o de toma de decisiones
que afecten a su desarrollo personal, académico o profesional de acuerdo con
sus capacidades, expectativas y valores.
e. Contribuir a
la promoción de los valores de equidad, igualdad en la diferencia, diálogo igualitario,
solidaridad, tolerancia, respeto y justicia propios de una sociedad inclusiva y
democrática.
f. Promover
programas que mejoren la convivencia y las relaciones personales entre los diversos
integrantes de la comunidad educativa y de la sociedad en general.
g. Aportar una
competencia psicopedagógica en el centro.
h. Elaborar
materiales de información, orientación y asesoramiento profesional utilizando las
tecnologías de la información y la comunicación.
i. Informar y
orientar al alumnado y la ciudadanía, sobre las oportunidades de acceso a l ocupación,
oferta de cursos de perfeccionamiento o especialización, así como de las posibilidades
de adquisición, evaluación y acreditación de competencias y calificaciones profesionales
y de progreso en estas a lo largo de la vida.
Por último destacar que
la orientación es un proceso que acompañará la formación del alumnado a lo
largo de la vida. La orientación educativa y profesional requerirá una
planificación sistemática y la colaboración de todos los miembros de la
comunidad educativa para coordinar las acciones orientadoras.