jueves, 17 de mayo de 2018

NUEVO PROYECTO DE INCLUSIÓN


Este decreto tiene por objeto establecer y regular los principios y las actuaciones encaminadas a la implementación de un modelo de inclusión en el sistema educativo valenciano para facilitar a todo el alumnado las competencias necesarias para su desarrollo personal, social y emocional, especialmente aquellos que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad.
  1. ¿Qué principios plantea el proyecto de inclusión de lo que teníamos hasta la fecha y se ha visto en clase?
Los principios generales que plantea el proyecto de inclusión son los siguientes: 

1.   La educación inclusiva es un principio básico del sistema educativo valenciano.
2. La escuela inclusiva requiere la aplicación flexible de múltiples recursos (organizativos, curriculares, materiales y personales) para atender un abanico amplio de situaciones en que el alumnado necesita algún tipo de apoyo, ya sea de manera transitoria o a lo largo de toda la escolaridad.
3. El modelo de educación inclusiva estará presente en todas las actuaciones y programas que los centros desarrollan en cada uno de los niveles educativos que impartan.
4. El conjunto de actuaciones y programas educativos deberá dar respuesta a las necesidades, los intereses, las motivaciones y las capacidades de todo el alumnado, entre el que se encuentra el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, con la finalidad de que pueda conseguir el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales.
5. Educar en la diversidad es reconocer y dar respuesta al hecho de que cada alumno y cada alumna tiene necesidades únicas.
6. Una adecuada respuesta educativa a la diversidad requiere ambientes de aprendizaje flexibles y eficaces que puedan adaptarse a las necesidades que en cada momento pueda presentar el alumnado.
7. El desarrollo de las competencias sociales y emocionales, el respeto a las diferencias, la ayuda mutua y la resolución pacífica de conflictos será objeto de trabajo explícito y sistemático para favorecer la inclusión y la participación de todo el alumnado.
8. La atención educativa a la diversidad del alumnado se deberá proporcionar, con carácter general, mediante las actuaciones pedagógicas ordinarias y habituales que tienen lugar en los centros educativos. No obstante, para atender las necesidades de algunos alumnos y de algunas alumnas, se requerirá también la adopción de medidas de carácter más específico.
      2. ¿Qué medidas plantea el proyecto de inclusión?
En el Capítulo IV se indica la Organización de la respuesta educativa y medidas de apoyo para la inclusión; Artículo 11. Evaluación de las culturas, políticas y prácticas inclusivas en los centros.
Nos indican 7 medidas que se llevaran a cabo con la finalidad de dar respuesta a la diversidad de necesidades de todo el alumnado; los centros docentes, el equipo directivo, los diferentes órganos del centro… todos para que de forma consensuada acuerde y concreten las actuaciones que hagan posible la eliminación de estas barreras.
Al finalizar cada curso escolar, se evaluarán las actuaciones planificadas.
  1. ¿Qué sentido le da el proyecto de inclusión a la orientación psicopedagógica, objetivos, funciones y niveles de intervención?
En el Artículo 34 del proyecto aparecen indicados los Objetivos de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional, que en el sistema educativo valenciano, se desarrollará en los centros docentes mediante programas o modelos concretos de intervención colaborativa.
La orientación educativa, psicopedagógica y profesional, tendrá como objetivos los siguientes:
a. Prevenir las dificultades de aprendizaje en el alumnado para contribuir a la consecución de las finalidades de la educación.
a. Contribuir, colaborar y acompañar en la organización del proceso de enseñanza-aprendizaje de manera que resulte lo más ajustado posible a las necesidades de cada alumno o alumna, desde una perspectiva inclusiva y personalizada.
b. Cooperar y colaborar en la prevención de conductas de violencia en cualquiera de sus manifestaciones para garantizar que los centros educativos sean espacios seguros de convivencia.
c. Promover programas o acciones que contribuyan al desarrollo personal, emocional, profesional y social del alumnado.
d. Ayudar al alumnado y sus familias en los momentos de transición o de toma de decisiones que afecten a su desarrollo personal, académico o profesional de acuerdo con sus capacidades, expectativas y valores.
e. Contribuir a la promoción de los valores de equidad, igualdad en la diferencia, diálogo igualitario, solidaridad, tolerancia, respeto y justicia propios de una sociedad inclusiva y democrática.
f. Promover programas que mejoren la convivencia y las relaciones personales entre los diversos integrantes de la comunidad educativa y de la sociedad en general.
g. Aportar una competencia psicopedagógica en el centro.
h. Elaborar materiales de información, orientación y asesoramiento profesional utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.
i. Informar y orientar al alumnado y la ciudadanía, sobre las oportunidades de acceso a l ocupación, oferta de cursos de perfeccionamiento o especialización, así como de las posibilidades de adquisición, evaluación y acreditación de competencias y calificaciones profesionales y de progreso en estas a lo largo de la vida.

Por último destacar que la orientación es un proceso que acompañará la formación del alumnado a lo largo de la vida. La orientación educativa y profesional requerirá una planificación sistemática y la colaboración de todos los miembros de la comunidad educativa para coordinar las acciones orientadoras.

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